Fecha De Corte De Inmigración
October 10, 2026

La fecha de corte es el límite que el Departamento de Estado publica cada mes en el Boletín de Visas para indicar si ya hay una visa disponible en su categoría y país de nacimiento. Si su fecha de prioridad es anterior a la fecha de corte, puede avanzar en el trámite. Si es posterior, debe esperar a que un boletín futuro alcance su fecha.
¿De dónde sale la fecha de corte?
El Boletín de Visas lo publica el Departamento de Estado cada mes, bajo la autoridad de la sección 203(e) del Immigration and Nationality Act (INA), codificada en 8 U.S.C. § 1153(e). Esa disposición ordena que las visas de inmigrante se otorguen según el orden de la fecha de prioridad, sin importar quién presentó los documentos primero ante USCIS. Su fecha de prioridad es la fecha en que USCIS recibió el Formulario I-130 o el Formulario I-140, tal como aparece en el recibo de aprobación, el Formulario I-797.
¿Cómo se lee el Boletín de Visas? Dos tablas, no una
Cada boletín trae dos calendarios distintos, y confundirlos es el error que vemos con más frecuencia.
| Aspecto | Final Action Dates | Dates for Filing |
|---|---|---|
| Qué permite | Que USCIS apruebe el ajuste de estatus o que el consulado emita la visa | Presentar el Formulario I-485 y pedir permiso de trabajo y de viaje mientras se espera |
| Cuándo se usa | Siempre en trámite consular; en ajuste de estatus depende del aviso mensual de USCIS | Solo los meses en que USCIS anuncia expresamente que se puede usar |
| Qué resultado da | Otorga la residencia permanente | Adelanta el trámite, no otorga la residencia |
USCIS publica cada mes, en su propio aviso, cuál de las dos tablas aplica a las peticiones familiares y de empleo. Ese aviso cambia de un mes a otro, así que hay que revisarlo antes de presentar el I-485, no asumir que sigue igual que el mes pasado.
¿Por qué hay que esperar? Los topes de la ley
La espera no depende de una decisión arbitraria de un funcionario. El Congreso fijó topes numéricos en la INA, codificados en 8 U.S.C. §§ 1151 y 1152.
| Categoría | Tope anual mundial |
|---|---|
| Preferencias familiares (INA §201(c)) | Al menos 226,000 visas |
| Preferencias de empleo (INA §201(d)) | Al menos 140,000 visas |
| Tope por país (INA §202(a)(2)) | 7% del total combinado, aproximadamente 25,620 visas por país |
Ese tope por país explica por qué México, India, Filipinas y China suelen tener fechas de corte más atrasadas que el resto del mundo en las mismas categorías. La demanda de esos cuatro países supera con frecuencia el 7% que la ley les permite, así que el resto se acumula en fila para el año siguiente.
Actualizado en septiembre de 2026. No repetimos aquí las cifras exactas del mes actual porque cambian cada boletín, y una cifra vieja publicada como si fuera vigente sería más dañina que no publicarla. Revise el boletín del mes en curso directamente en el sitio del Departamento de Estado antes de decidir cuándo presentar o esperar.
¿Qué es la retrogresión?
La retrogresión ocurre cuando la fecha de corte de un mes retrocede en lugar de avanzar respecto al mes anterior. Pasa cuando la demanda real de una categoría supera lo que el Departamento de Estado había calculado, y el gobierno frena el ritmo para no exceder el tope anual. Si su I-485 ya está pendiente cuando ocurre una retrogresión, USCIS no lo niega: pausa la adjudicación hasta que la fecha vuelva a alcanzar la suya.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si mi categoría retrocede después de presentar el I-485?
Su caso queda en espera, no se cierra. USCIS retiene el expediente y reanuda la revisión cuando la fecha de corte vuelva a cubrir su fecha de prioridad, lo cual puede tardar meses o, en categorías con mucha demanda, más de un año.
¿Cómo verifico mi fecha de prioridad?
Está impresa en el Formulario I-797 que USCIS emitió al aprobar el I-130 o el I-140. Es la fecha original de recepción de la petición, no la fecha en que se aprobó.
¿Cuánto cuesta revisar el boletín cada mes?
Nada. El Departamento de Estado lo publica gratis en su sitio, normalmente entre el día 10 y el 15 de cada mes. Puede revisarlo usted mismo sin contratar a nadie.
¿La fecha de corte afecta a mi cónyuge e hijos?
Sí. Los beneficiarios derivados, casi siempre el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años, comparten la misma fecha de prioridad que el peticionario principal.
¿Qué es la CSPA y cómo protege a mi hijo si la fecha se demora?
La Child Status Protection Act permite restar del cálculo de la edad del hijo el tiempo que tardó en tramitarse la petición I-130 o I-140. Esto evita que un hijo pierda la categoría de menor de 21 años solo porque el trámite se alargó. El cálculo exacto depende de cuándo la visa se hizo disponible por primera vez, y conviene revisarlo antes de que el hijo cumpla 21 años, no después.
¿Importa si mi caso se tramita en un consulado en vez de con ajuste de estatus?
El mecanismo de la fecha de corte es el mismo en los dos caminos. La diferencia es que el trámite consular siempre usa la tabla de Final Action Dates, mientras que el ajuste de estatus dentro de Estados Unidos a veces puede usar la tabla de Dates for Filing si USCIS lo autoriza ese mes.
¿Con qué frecuencia se mueve el boletín?
Cada mes, sin excepción, aunque el movimiento varía mucho por categoría. Las categorías con poca demanda a veces no cambian durante meses; las de mayor demanda, como el EB-3 de India o el F4 de México, avanzan solo unos días o incluso retroceden.
William J. Vasquez tiene matrícula activa ante el Colegio de Abogados de Carolina del Norte y está admitido para ejercer ante los tribunales federales de los circuitos 4, 5 y 11. Atiende casos de inmigración federal en todo el país porque estas materias son de jurisdicción federal, no estatal. No está admitido en el Colegio de Abogados de la Florida y no representa asuntos de derecho estatal de la Florida.
Sobre la retrogresión, explica: "La fecha de corte no mide qué tan fuerte es su caso. Mide cuántas personas nacidas en su mismo país piden la misma categoría de visa ese año. He visto categorías retroceder varios meses seguidos y después recuperar terreno de golpe cuando el Departamento de Estado reajusta su cálculo anual."
Antes de decidir cuándo presentar el I-485, conviene revisar el proceso completo de la petición que le dio su fecha de prioridad. La guía sobre la Petición I-130 para familiares explica cómo se fija esa fecha desde el inicio del trámite. La guía sobre la Petición I-140 para trabajadores detalla las diferencias entre las categorías EB-1, EB-2 y EB-3 y sus topes específicos. La página sobre ajuste de estatus explica los requisitos del Formulario I-485 una vez que la fecha de corte lo permite.
Esta página describe el mecanismo general del sistema de fechas de corte dentro del tema más amplio de inmigración. No sustituye la revisión de su fecha de prioridad, su categoría y su país de nacimiento específicos.
Si su fecha de prioridad está cerca de la fecha de corte, o si su categoría acaba de retroceder, reúna su Formulario I-797 y el boletín del mes en curso antes de llamar. El equipo de inmigración federal que dirige William J. Vasquez revisa esos documentos para explicarle qué tabla aplica a su caso y qué opciones tiene mientras espera, sin prometer un resultado que depende del Departamento de Estado, no del abogado que lo representa.