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Exención de Presencia Ilegal en Florida (I-601A): Guía 2026

Exención de Presencia Ilegal (I-601A) en Florida: Guía 2026. Aprenda sobre requisitos, proceso y elegibilidad. Abogados de inmigración en Florida le

William J. VásquezPublicado el July 24, 2026
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Exención de Presencia Ilegal en Florida… — guía del abogado de inmigración en Florida

Una exención de presencia ilegal en Florida, específicamente la Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A, permite a ciertas personas inadmisibles a EE. UU. únicamente debido a su presencia ilegal, solicitar una exención antes de salir del país para su entrevista de visa de inmigrante. Este proceso crítico, gestionado por USCIS, ayuda a las personas que califican a evitar una larga separación familiar. Para ser elegible en 2026, los solicitantes generalmente deben ser parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, demostrar dificultad extrema para un pariente calificado y cumplir otros criterios específicos. Se recomienda encarecidamente buscar asesoramiento legal de un abogado de inmigración en Florida para navegar este proceso complejo de manera efectiva.

  • La exención I-601A aborda la inadmisibilidad por presencia ilegal.
  • Permite el procesamiento de la exención en EE. UU. antes de la entrevista consular en el extranjero.
  • Los solicitantes deben probar dificultad extrema para un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o LPR.
  • La elegibilidad generalmente se limita a parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses o LPRs.
  • Consultar a un abogado es crucial para una solicitud exitosa en Florida.

Para muchas personas que viven en Florida, el sueño de obtener la residencia permanente legal a menudo se complica por un período de presencia ilegal en los Estados Unidos. Esto puede activar una barrera significativa para la reentrada, haciendo imposible ajustar el estatus o regresar después de una entrevista de visa en el extranjero. Afortunadamente, la Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A ofrece un camino para superar este desafío, permitiendo a los solicitantes elegibles buscar una exención desde dentro de EE. UU. antes de asistir a su entrevista de visa de inmigrante en el extranjero. Navegar este intrincado proceso, especialmente desde áreas como Jacksonville, requiere una profunda comprensión de la ley de inmigración y una preparación meticulosa.

En Florida Immigration Lawyers, entendemos las ansiedades e incertidumbres que acompañan los desafíos migratorios. Nuestro equipo dedicado se compromete a guiarle en cada paso de la solicitud de exención I-601A, asegurando que su caso se presente de manera efectiva y completa. Si cree que usted o un ser querido pueden beneficiarse de una exención de presencia ilegal en Florida, no dude en buscar asistencia legal experta. Llame a Florida Immigration Lawyers al 1-844-967-3536 para una consulta gratuita hoy mismo y permítanos ayudarle a seguir su camino hacia la residencia legal.

¿Qué es una Exención de Presencia Ilegal (I-601A) en Florida?

Una Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A, a menudo simplemente llamada exención de presencia ilegal, es una herramienta migratoria crucial diseñada para personas que son inadmisibles en los Estados Unidos únicamente porque acumularon más de 180 días de presencia ilegal. Esta exención les permite buscar el perdón por su presencia ilegal antes de salir de EE. UU. para asistir a su entrevista de visa de inmigrante en un consulado o embajada de EE. UU. en el extranjero. A partir de 2026, la exención I-601A reduce significativamente el tiempo que los familiares ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales (LPR) están separados de sus seres queridos, proporcionando un camino más simplificado hacia la reunificación familiar.

El concepto de presencia ilegal se define en la Sección 212(a)(9)(B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Esta sección establece que las personas que han estado ilegalmente en EE. UU. por más de 180 días pero menos de un año, y que luego salen, tienen prohibida la reentrada por tres años. Si su presencia ilegal excede un año, la prohibición se extiende a diez años. La exención I-601A aborda directamente estas prohibiciones de 3 y 10 años. Sin esta exención, las personas tendrían que salir de EE. UU. y luego solicitar una exención I-601 tradicional en el extranjero, enfrentando un período desconocido de separación de sus familias mientras se procesa la exención. La exención provisional ofrece una ventaja significativa al permitir que gran parte del procesamiento ocurra mientras el solicitante permanece en Florida con su familia.

Es importante entender que la exención I-601A solo cubre la inadmisibilidad debido a la presencia ilegal. No exime de otros motivos de inadmisibilidad, como ciertas condenas penales, tergiversaciones o órdenes de deportación previas. Por ejemplo, si un solicitante en Jacksonville tiene antecedentes penales que lo hacen inadmisible, es posible que necesite buscar una exención separada para ese motivo de inadmisibilidad, a menudo requiriendo una Solicitud de Exención de Motivos de Inadmisibilidad I-601. Nuestra firma ayuda a clientes en Florida, incluidos aquellos cerca de la oficina de USCIS en Jacksonville, a comprender todos los posibles problemas de inadmisibilidad y determinar la estrategia legal más adecuada para sus circunstancias únicas.

¿Quién es Elegible para la Exención Provisional I-601A en 2026?

A partir de 2026, la elegibilidad para la Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A es específica y estricta. Los solicitantes deben cumplir varios criterios clave para ser considerados. Generalmente, debe estar físicamente presente en los Estados Unidos al momento de presentar su Formulario I-601A, tener al menos 17 años de edad y ser el beneficiario de un Formulario I-130, Petición para Pariente Extranjero, o Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial, aprobado, que lo clasifique como pariente inmediato de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR).

Además, debe demostrar a USCIS que la denegación de su admisión a EE. UU. resultaría en una dificultad extrema para su cónyuge o padre ciudadano estadounidense o LPR calificado. Este es un componente crítico de la solicitud, que requiere pruebas convincentes de un impacto grave. También debe estar buscando una visa de inmigrante a través de una Embajada o Consulado de EE. UU. en el extranjero, y su salida de EE. UU. para la entrevista de visa de inmigrante debe ser el único obstáculo restante para su admisibilidad, lo que significa que no está sujeto a ningún otro motivo de inadmisibilidad más allá de la presencia ilegal. Por ejemplo, si vive en Miami u Orlando y tiene un cónyuge ciudadano estadounidense, podría ser elegible, siempre que cumpla con todos los demás criterios. Nuestros abogados asisten regularmente a clientes en toda Florida, desde Tampa hasta Gainesville, en la evaluación de su elegibilidad para esta exención crucial.

Además de estos requisitos principales, existen ciertas exclusiones. Generalmente, no es elegible si está en procesos de deportación, a menos que esos procesos hayan sido cerrados administrativamente y no se hayan vuelto a programar, o si tiene una orden final de expulsión o deportación. Las personas a quienes se les haya concedido previamente un permiso I-212 para volver a solicitar después de la deportación o expulsión también pueden enfrentar complejidades. También es importante tener un pariente calificado que sea ciudadano estadounidense o LPR. El pariente calificado no puede ser un hijo ciudadano estadounidense o LPR. Comprender estos matices es vital, y una evaluación detallada por parte de un abogado de inmigración experimentado en Florida es esencial para determinar si la exención I-601A es el camino correcto para usted.

¿Cómo Solicito una Exención Provisional I-601A en Florida?

Solicitar una Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A en Florida implica varios pasos precisos, comenzando con la obtención de una petición de visa de inmigrante aprobada y culminando con una entrevista consular en el extranjero. El proceso está diseñado para ser completado en EE. UU. para la parte de la exención, minimizando el tiempo que una familia está separada. A partir de 2026, la preparación meticulosa y la adhesión a las pautas de USCIS son primordiales para un resultado exitoso.

Proceso de Solicitud Paso a Paso

  1. Petición de Visa de Inmigrante Aprobada: El primer paso es tener un Formulario I-130, Petición para Pariente Extranjero, aprobado, presentado por un cónyuge o padre ciudadano estadounidense o LPR. Esto establece su elegibilidad como pariente inmediato.
  2. Pagar la Tarifa de Procesamiento de Visa de Inmigrante: Una vez que el I-130 sea aprobado, el Centro Nacional de Visas (NVC) se comunicará con usted para pagar la tarifa de procesamiento de visa de inmigrante y presentar los documentos civiles requeridos.
  3. Presentar el Formulario I-601A: Después de que el NVC confirme la recepción de sus tarifas y documentos, puede presentar el Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal, ante USCIS. Debe estar físicamente presente en EE. UU. al momento de presentarla.
  4. Asistir a la Cita de Datos Biométricos: USCIS le enviará un aviso de cita para la toma de datos biométricos (huellas dactilares, fotografía, firma) en un Centro de Apoyo de Solicitudes (ASC) en Florida, como el de Jacksonville u Orlando.
  5. Esperar la Decisión de USCIS: USCIS revisará su solicitud y la evidencia de dificultad extrema. Esto puede llevar varios meses. Si se aprueba, recibirá un aviso de aprobación.
  6. Asistir a la Entrevista Consular en el Extranjero: Con una exención I-601A aprobada, asistirá a su entrevista de visa de inmigrante en la Embajada o Consulado de EE. UU. en su país de origen. La aprobación de la exención no garantiza la emisión de la visa, ya que el oficial consular revisará todos los aspectos de su caso.
  7. Reingresar a EE. UU. como Residente Permanente Legal: Si el oficial consular aprueba su visa de inmigrante, podrá reingresar a EE. UU. como residente permanente legal, a menudo recibiendo su tarjeta verde poco después.
Step-by-Step Process for Exención de Presencia Ilegal Florida: Guía 2026

Step-by-Step Process — Exención de Presencia Ilegal Florida: Guía 2026

Cada etapa requiere una atención cuidadosa a los detalles. Por ejemplo, reunir todos los documentos civiles necesarios para la etapa del NVC, como certificados de nacimiento, certificados de matrimonio y antecedentes policiales, es crucial. Además, la evidencia de dificultad extrema para la I-601A debe ser sólida y convincente, demostrando claramente el impacto grave e inusual en su pariente calificado. Nuestro equipo de Florida Immigration Lawyers puede ayudarle a preparar todos los formularios necesarios y a compilar un paquete de evidencia sólido.

¿Qué Documentos Necesito para una Solicitud de Exención de Presencia Ilegal?

Una solicitud exitosa de exención de presencia ilegal depende de una recopilación de documentos meticulosamente preparada. Más allá de los formularios estándar de USCIS, los solicitantes deben proporcionar pruebas sustanciales para respaldar su reclamo de dificultad extrema para un cónyuge o padre calificado que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal. A partir de 2026, USCIS requiere una documentación completa para tomar una decisión favorable.

Lista de Verificación de Documentos Completa

  • Formulario I-601A: La Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal completa y firmada.
  • Prueba de Petición de Visa de Inmigrante Aprobada: Copia del Formulario I-797, Aviso de Aprobación, para la petición I-130 o I-360.
  • Prueba de Pago de la Tarifa de Procesamiento de Visa de Inmigrante: Copia del recibo de la tarifa de procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante pagada al Departamento de Estado.
  • Prueba de Identidad y Nacionalidad: Copia de la página biográfica de su pasaporte, certificado de nacimiento y cualquier otro documento de identidad nacional.
  • Evidencia de Pariente Calificado Ciudadano Estadounidense o LPR: Copia del certificado de nacimiento estadounidense, pasaporte estadounidense, Certificado de Naturalización o Tarjeta Verde (Formulario I-551) del pariente calificado.
  • Prueba de Relación: Certificado de matrimonio para un cónyuge, certificado de nacimiento para una relación padre-hijo.
  • Prueba de Presencia Física en EE. UU.: Registros que demuestren que estuvo físicamente presente en EE. UU. el 21 de diciembre de 2012, si corresponde, o prueba general de presencia continua.
  • Documentación de Dificultad Extrema: Este es el componente más crítico. Incluye, entre otros:
    • Registros médicos, cartas de médicos e informes de terapia que detallen cualquier condición de salud grave del pariente calificado que requiera su cuidado o apoyo.
    • Registros financieros (declaraciones de impuestos, recibos de nómina, extractos bancarios, estados de deuda) que demuestren la dependencia financiera del pariente calificado de usted o una dificultad financiera grave si usted se va.
    • Evaluaciones psicológicas o cartas de profesionales de la salud mental que detallen el impacto emocional y psicológico de su ausencia en el pariente calificado.
    • Evidencia de interrupción educativa significativa para el pariente calificado si tuviera que reubicarse o si usted estuviera ausente.
    • Prueba de lazos comunitarios e integración social para el pariente calificado, mostrando la interrupción de su vida en Florida si usted es removido.
    • Informes de condiciones del país de origen que afectarían al pariente calificado si se uniera a usted.
  • Certificados de Antecedentes Policiales: Si lo requiere el NVC o el puesto consular para su visa de inmigrante.
  • Fotografías tipo pasaporte: Según las especificaciones de USCIS.

La recopilación de estos documentos, especialmente la evidencia de dificultad extrema, puede ser abrumadora. Un abogado de inmigración experimentado en Florida puede ayudarle a identificar y organizar la evidencia más convincente para respaldar su solicitud I-601A, asegurando que no se pase por alto ninguna información crítica.

¿Cuánto Tiempo Tarda el Proceso de Exención Provisional I-601A en 2026?

El tiempo de procesamiento para una Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A puede variar significativamente según la carga de casos de USCIS y las complejidades individuales de cada caso. A partir de 2026, los solicitantes en Florida deben anticipar un proceso de varias etapas, cada una con su propio plazo típico. Si bien USCIS busca la eficiencia, la paciencia es clave y es aconsejable prepararse para posibles retrasos.

Tiempos de Procesamiento y Expectativas de I-601A

Etapa Plazo Típico (A partir de 2026) Notas
Aprobación de la Petición I-130 10-18 meses Esta petición inicial debe ser aprobada antes de presentar la I-601A.
Procesamiento del NVC (después de la aprobación del I-130) 2-6 meses Pago de tarifas, presentación de documentos civiles.
Procesamiento del Formulario I-601A por USCIS 12-24 meses Este es el tiempo principal de procesamiento de la exención después de presentar la I-601A. Consulte el sitio web de USCIS para los tiempos de procesamiento actuales del Centro de Servicio de Potomac.
Cita de Datos Biométricos 3-8 semanas después de presentar la I-601A Programada en un Centro de Apoyo de Solicitudes (ASC) local en Florida.
Programación de la Entrevista Consular 1-4 meses después de la aprobación de la I-601A Depende de la Embajada o Consulado de EE. UU. específico en el extranjero.
Emisión de la Visa de Inmigrante Días a semanas después de la entrevista Tras la aprobación en la entrevista consular.

Es crucial consultar regularmente el sitio web de tiempos de procesamiento de USCIS para obtener la información más actualizada, ya que estas estimaciones pueden fluctuar. Para los solicitantes en Florida, todo el proceso, desde la presentación del I-130 inicial hasta la recepción de la tarjeta verde, puede tardar de 2 a 4 años. Los factores que influyen en estos plazos incluyen la complejidad de su caso de dificultad extrema, el volumen de solicitudes en USCIS y el Centro Nacional de Visas, y la eficiencia de la Embajada o Consulado de EE. UU. específico que maneja su entrevista.

Key Statistics and Data for Exención de Presencia Ilegal Florida: Guía 2026

Key Statistics — Exención de Presencia Ilegal Florida: Guía 2026

Pueden ocurrir retrasos si USCIS emite una Solicitud de Evidencia (RFE), que requiere documentación adicional para respaldar su reclamo. Responder de manera rápida y exhaustiva a una RFE es fundamental para evitar más retrasos o incluso una denegación. Nuestros abogados en Florida Immigration Lawyers ayudan a clientes en Jacksonville, Tampa y en todo el estado a preparar solicitudes completas que minimizan la probabilidad de RFEs y agilizan el proceso tanto como sea posible.

¿Cuáles son los Costos Asociados con la Solicitud de Exención I-601A?

El aspecto financiero de solicitar una exención de presencia ilegal es una consideración importante para muchas familias en Florida. A partir de 2026, existen varias tarifas asociadas con el proceso de Exención Provisional de Presencia Ilegal I-601A, incluidas las tarifas de presentación del gobierno y las posibles tarifas de servicios legales. Es importante tener en cuenta que las tarifas gubernamentales están sujetas a cambios, y los solicitantes siempre deben verificar los montos más actuales en el sitio web oficial de USCIS.

Tarifas Estimadas de Solicitud I-601A

Si necesita asistencia legal, conozca más sobre nuestros servicios legales de inmigración, o contáctenos al 1-844-967-3536 para una consulta gratuita.

Elemento Tarifa Típica (A partir de 2026) Notas
Formulario I-130, Petición para Pariente Extranjero Varía (Consulte el sitio web de USCIS) Esta es la petición inicial presentada por el ciudadano estadounidense o pariente LPR.
Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional de Presencia Ilegal Varía (Consulte el sitio web de USCIS) La tarifa principal para la solicitud de exención en sí.
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Preguntas Frecuentes

La Exención Provisional por Presencia Ilegal, conocida como Formulario I-601A, es un mecanismo crucial dentro de la ley de inmigración de EE. UU. Permite a ciertos individuos que son inadmisibles debido a su presencia ilegal en el país solicitar un perdón antes de salir de EE. UU. para su entrevista de visa de inmigrante. Su propósito principal es reducir el tiempo que los solicitantes deben pasar fuera de EE. UU. lejos de sus familiares calificados, facilitando así el proceso de ajuste de estatus para muchos. Esta exención es vital para quienes buscan la residencia permanente y cumplen con los requisitos específicos.
Para ser elegible para la Exención I-601A, un solicitante debe cumplir con varios criterios estrictos. Primero, debe ser el beneficiario de una petición de visa de inmigrante aprobada (Formulario I-130, I-140 o I-360) y tener una visa de inmigrante disponible. Segundo, debe tener un familiar calificado (cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal) que sufriría "sufrimiento extremo" si se le negara la exención. Además, el solicitante debe estar físicamente presente en EE. UU. al momento de presentar la solicitud y tener al menos 17 años de edad. No ser elegible para la exención provisional I-601A puede llevar a complicaciones, por lo que una consulta con un abogado es esencial. Para más información sobre áreas de práctica, visite nuestra sección de <a href="/practice-areas/immigration">Inmigración</a>.
El concepto de "sufrimiento extremo" es el pilar central de la Exención I-601A y es uno de los requisitos más difíciles de probar. No se refiere al sufrimiento que el solicitante experimentaría si se le negara la exención, sino al sufrimiento que el familiar calificado (cónyuge o padre ciudadano/residente) enfrentaría. USCIS evalúa factores como la salud (condiciones médicas, acceso a tratamiento), la situación financiera (pérdida de ingresos, deudas), la educación, los lazos familiares, el impacto psicológico y las condiciones del país de origen del solicitante. Demostrar este nivel de sufrimiento requiere evidencia sólida y una presentación convincente.
El proceso comienza con la aprobación de una petición de visa de inmigrante (generalmente un Formulario I-130). Una vez que la petición es aprobada y la fecha de prioridad está vigente, el solicitante puede presentar el Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, ante USCIS. Después de la aprobación de la I-601A, el solicitante asiste a una entrevista en un consulado o embajada de EE. UU. en su país de origen. Si todo va bien, se le otorga la visa de inmigrante y puede regresar a EE. UU. como residente permanente legal. Es crucial seguir cada paso meticulosamente para evitar retrasos o denegaciones. Puede encontrar información detallada sobre el proceso en el sitio web oficial de <a href="https://www.uscis.gov" target="_blank" rel="noopener noreferrer">USCIS</a>.
Los tiempos de procesamiento para la Exención I-601A pueden variar significativamente debido a la carga de trabajo de USCIS y otros factores individuales del caso. Generalmente, pueden oscilar desde varios meses hasta más de un año. Es importante monitorear los tiempos de procesamiento actuales en la página web de USCIS. Una vez aprobada la I-601A, el tiempo hasta la entrevista consular también dependerá de la disponibilidad de citas en el consulado correspondiente. La paciencia es clave, y tener un abogado experimentado puede ayudar a garantizar que la solicitud esté completa y sea presentada correctamente, minimizando posibles demoras.
Generalmente, si una persona tiene una orden final de deportación o remoción, no es elegible para la Exención Provisional I-601A. La regulación establece que la I-601A no está disponible para aquellos que ya han sido ordenados a salir del país. Sin embargo, existen circunstancias excepcionales, como si la orden de deportación ha sido reabierta o rescindida por un juez de inmigración. Este es un aspecto muy complejo de la ley de inmigración y requiere la evaluación de un abogado especializado en <a href="/practice-areas/deportation-defense">Defensa de la Deportación</a> para determinar si existen opciones viables. Para información sobre políticas del Departamento de Justicia, puede visitar <a href="https://www.justice.gov" target="_blank" rel="noopener noreferrer">justice.gov</a>.
Si su solicitud de Exención I-601A es denegada, no significa automáticamente que será deportado si se encuentra en EE. UU. Sin embargo, puede complicar significativamente sus opciones futuras para obtener la residencia legal. Una denegación puede deberse a la falta de evidencia de sufrimiento extremo, errores en la solicitud o no cumplir con los requisitos de elegibilidad. En caso de denegación, es crucial consultar de inmediato con un abogado de inmigración para revisar las razones de la denegación y explorar posibles caminos a seguir, como presentar una nueva solicitud (si es posible) o buscar otras formas de alivio migratorio, incluyendo opciones como el <a href="/practice-areas/asylum">Asilo</a> si aplica a su situación particular.
Absolutamente. La Exención I-601A es un proceso altamente complejo que involucra una interpretación detallada de la ley de inmigración y la presentación de pruebas convincentes de "sufrimiento extremo". Un error o una omisión pueden resultar en una denegación, lo que puede tener consecuencias devastadoras. Un abogado experimentado en inmigración puede evaluar su elegibilidad, ayudarle a recopilar y organizar la evidencia necesaria, preparar una solicitud sólida y representarlo durante todo el proceso. Los <a href="/attorneys">abogados</a> de inmigración en Florida están aquí para guiarle. No dude en ponerse en contacto con los Florida Immigration Lawyers al 1-844-967-3536 para una consulta. También puede visitar nuestra página de <a href="/contact">Contacto</a>.
La preparación de la solicitud I-601A requiere una extensa colección de documentos para demostrar la elegibilidad y el "sufrimiento extremo". Esto incluye el aviso de aprobación de su petición de visa de inmigrante (Formulario I-130), evidencia de su relación con el familiar calificado (actas de nacimiento, matrimonio), y sobre todo, pruebas detalladas del sufrimiento extremo. Estas pueden abarcar registros médicos y psicológicos, declaraciones juradas de familiares y amigos, informes financieros, pruebas de empleo, contratos de alquiler o hipoteca, y cualquier otro documento que ilustre el impacto devastador que la separación tendría en su familiar calificado. La calidad y cantidad de esta evidencia son cruciales. Para detalles sobre visas, puede consultar <a href="https://travel.state.gov" target="_blank" rel="noopener noreferrer">travel.state.gov</a>.
William J. Vásquez

William J. Vásquez

Abogado Fundador · Vasquez Law Firm

Veterano de la Fuerza Aérea de EE.UU. y abogado de inmigración con años de experiencia práctica en inmigración de EE.UU. J.D., NCCU School of Law. Miembro de AILA. Admitido en los Circuitos 4.º, 5.º y 11.º.

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Revisado para exactitud legal por William J. Vásquez

Con licencia en Carolina del Norte; la inmigración a EE.UU. es una práctica federal.

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