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Protección Humanitaria

Protegemos a quienes huyen de persecución y violencia. YO PELEO™ POR TI para obtener la protección que necesitas.

Tipos de Protección

Asilo Político

  • Aplicaciones afirmativas con USCIS
  • Asilo defensivo en corte
  • Persecución por raza, religión, nacionalidad
  • Opinión política o grupo social
  • Protección bajo CAT

VAWA - Violencia Doméstica

  • Auto-peticiones para víctimas
  • Sin necesidad del abusador
  • Para cónyuges, hijos y padres
  • Confidencialidad total
  • Camino a la green card

Visas para Víctimas

  • U Visa - Víctimas de crimen
  • T Visa - Víctimas de tráfico humano
  • Certificación policial
  • Perdón de inadmisibilidad
  • Protección para familiares

TPS y Otros Programas

  • Estatus de Protección Temporal (TPS)
  • Salida Forzada Diferida (DED)
  • Parole humanitario
  • Programas especiales por país
  • Menores no acompañados (SIJS)

Requisitos Importantes

  • ✓ Documentar evidencia de persecución o daño
  • ✓ Aplicar dentro del plazo (1 año para asilo)
  • ✓ Cooperar con autoridades (U/T visa)
  • ✓ Demostrar elegibilidad específica
  • ✓ Mantener estatus mientras espera

Beneficios

  • • Protección contra deportación
  • • Autorización de trabajo
  • • Camino a residencia permanente
  • • Reunificación familiar
  • • Acceso a beneficios

Nuestra Ayuda

  • • Evaluación confidencial del caso
  • • Preparación completa de evidencia
  • • Representación en entrevistas
  • • Apelaciones si es necesario
  • • Apoyo emocional y legal

Países con TPS Actual

• Venezuela
• Honduras
• El Salvador
• Nicaragua
• Haití
• Ucrania
• Somalia
• Sudán
• Siria
• Yemen
• Nepal
• Myanmar

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Preguntas frecuentes sobre visa T, visa U y protección humanitaria

¿Qué es la visa T y quién califica?

La visa T es para víctimas de trata de personas, laboral o sexual, que están en Estados Unidos a causa de esa trata. Por lo general hay que demostrar que fue víctima de una forma grave de trata, que se encuentra en el país por ese motivo, que colabora con solicitudes razonables de las autoridades (con excepciones por edad o trauma) y que sufriría un daño extremo si la deportaran. Se solicita con el Formulario I-914.

¿La visa T lleva a la residencia permanente?

Sí. Después de tres años continuos con estatus T, o antes si concluye la investigación o el proceso penal, puede solicitar la residencia permanente con el Formulario I-485, siempre que haya mantenido buena conducta moral y siga cumpliendo con los requisitos de cooperación. La visa T también permite pedir a ciertos familiares.

¿Cuál es la diferencia entre la visa T y la visa U?

La visa T es específicamente para víctimas de trata de personas. La visa U es para víctimas de otros delitos graves, como violencia doméstica, agresión sexual o secuestro, que ayudaron o están ayudando a la policía o a los fiscales. La visa U exige una certificación firmada por una autoridad (Formulario I-918B); la visa T no la exige, aunque la colaboración sigue pesando.

¿Qué hace un abogado de asilo o de protección humanitaria?

Evalúa cuál de las vías le corresponde: asilo, visa U, visa T, VAWA o estatus especial de menor inmigrante. Después reúne la evidencia que cada una exige, prepara su declaración y presenta el caso ante USCIS o ante la corte de inmigración. Cada vía tiene requisitos y plazos distintos, y elegir mal cuesta tiempo que muchas veces no se recupera.

¿Puedo trabajar mientras espero una visa T o U?

Depende de la vía y de la etapa. Quien recibe la visa T obtiene autorización de empleo junto con el estatus. En los casos de visa U, la lista de espera hace que USCIS pueda otorgar acción diferida y permiso de trabajo antes de la aprobación final. En ambos casos el permiso se documenta con el Formulario I-765. Consulte los tiempos vigentes, porque cambian.

¿Tiene una pregunta que no está aquí? Pregúntenos en una consulta gratis.